ALEGACIONES AL AVANCE DEL PLAN GENERAL DE URBANISMO DE
MORALZARZAL, PRESENTADAS POR EL GRUPO POLITICO MUNICIPAL
“PLATAFORMA DEMOCRATICA DE MORALZARZAL (P.D.D.M.)”.
Moralzarzal,
24 de Agosto de 2006.
Excmo. Sr. Alcalde
b) Que no es ético ni justificable, desde ningún punto de vista,
que un proyecto de tan amplias y negativas repercusiones urbanísticas para
nuestra localidad, que responde a
un maquillaje a la baja de otro proyecto inicial,
elaborado y dirigido por el Arquitecto D.
Enrique Porto Rey, pueda ser finalmente evaluado para su aprobación por el
mismo Sr. Porto Rey, desde su cargo
de Director General de Urbanismo y Planificación Regional, en la CONSEJERIA DE
MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO, de nuestra Comunidad Autónoma
(nombramiento según Decreto 353/2003 de fecha 30 de Diciembre de 2003,
publicado en el BOCM del 31-12-03).
- Que la cesión de sus derechos a
favor de la sociedad PLARQUIN CONSULTORES S.L., aceptada por la Junta de
Gobierno de Moralzarzal en Comisión de fecha 22-1-2004, no justifica en modo
alguno la incompatibilidad existente a la hora de emitir dictamen, pues en la
fecha de cesión de derechos, el proyecto estaba totalmente terminado y firmado
por el Sr. Porto, como director del equipo redactor; por ello el Sr. Porto Rey, aunque intente
disfrazarlo, será parte y juez en el
proceso, en el cual al mismo tiempo pudieran existir intereses de tipo personal, pues en la firma Plarquin Consultores
S.L. participan familiares en línea directa de dicho Sr.
c) Que el Plan
General de Urbanismo, cuyo Avance se presenta, es una modificación “al alza”
de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal aprobadas por la
Comunidad de Madrid el 26 de Diciembre de 2002, publicadas en el BOCM de fecha
19-2-03.
d) Que el exclusivo fin de la presentación del Plan, es intentar una vez más que la Comunidad de Madrid cambie sus criterios expresados en la aprobación de las Normas y que los terrenos de “Los Praderones”, considerados por ella como SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCION AMBIENTAL y los de la “Dehesa de Abajo”, MONTE DE UTILIDAD PUBLICA, sean clasificados, respectivamente, como urbano y recreativo, para campo de golf.
e) Que “Los Praderones” es en la actualidad
un territorio más protegido aún si cabe por considerarse “zona de
transición” dentro de las líneas maestras previstas en el Plan de Ordenación de
los Recursos Naturales de la Sierra del Guadarrama (PORN) orden 2173/2002,
y por que en ella solo se permite algún tipo de construcción cuando los
terrenos ya tengan en la actualidad la
consideración de suelo urbano bajo alguna de sus características.
f) Que
abundando además en todo ello y aunque el Plan de Ordenación de los
Recursos Naturales de la Sierra del Guadarrama (PORN) aún no ha sido
presentado para su aprobación definitiva en la Asamblea de Madrid, sería una
irresponsabilidad por parte de esta Institución, la modificación de la
Calificación actual de la zona de “Los Praderones”, cuando ésta se encuentra en
la zona de transición del PORN por lo cual no debía ser siquiera presentado el
Avance, con estas premisas.
- Que el crecimiento de una
población, para que su desarrollo pueda considerarse mínimamente sostenible, debe
ser planeado en círculos concéntricos y sucesivos desde el núcleo urbano
central existente e ir dotando simultáneamente a las zonas ampliadas de los
necesarios servicios ciudadanos, o que éstas queden lo más próximo posible a
los existentes.
- Que las actuaciones
urbanísticas ya aprobadas por las Normas Subsidiarias aprobadas el 26 de
Diciembre de 2002, que se incluyen en el presente avance contemplan la
construcción de 994 viviendas de distinta tipología, y en ninguna de ellas
se prevé vivienda protegida.
- Que junto al centro urbano de
Moralzarzal, existe suelo colindante con la consideración de urbano sin
sectorizar, (“Los Linares”, al Noreste de la “Dehesa de Abajo”), cuyo
desarrollo e inclusión en el Plan no es acometido en detalle por el equipo
redactor del mismo, suponemos que siguiendo instrucciones de la Junta de
Gobierno; es francamente sospechoso que no se utilice parte del mismo para los
fines “sociales que el Avance defiende” y para las necesidades de crecimiento y
equipamiento que se quieren justificar, y más bien parece que se busca una
clara especulación económica con él, una vez conseguida la pretendida
realización del “campo de golf” .
- Que existen igualmente en el
municipio, en la ladera del monte de Matarrubia y lindando con terrenos
considerados como urbanos por las Normas, parcelas de características
similares que no han sido consideradas como tales, por criterios exclusivos
de la Junta de Gobierno Local, hecho denunciado incluso al Defensor del Pueblo
y que quizás en su momento pudiera ser considerado como prevaricación. Su
incorporación al catálogo municipal incrementaría el parque de suelo urbano.
- Que en ninguna de estas
actuaciones citadas el Ayuntamiento ha previsto la construcción de la tan
necesaria vivienda protegida, cuando podía realizarlo sobre los terrenos
municipales correspondientes a las cesiones del 10 % legalmente establecidas.
- Que es por ello totalmente
impresentable que sin atender a ninguna de las argumentaciones precedentes y bajo
la demagógica excusa de vivienda social se pretenda la realización de una
operación urbanística de tan amplio y negativo calado (1480 viviendas), a 5 Kms de Moralzarzal, sobre
un terreno inferior a 100 Ha, considerado como NO URBANIZABLE DE ESPECIAL
PROTECCION AMBIENTAL, y protegido por el Plan de Ordenación de los
Recursos Naturales de la Sierra del Guadarrama (PORN) orden 2173/2002,
creando un núcleo poblacional aislado de más de 5.000 habitantes, la mitad del
censo actual de la localidad, en el límite del término municipal, junto al del
Boalo.
- También debería ser tenido en
consideración que en el suelo de las actuaciones urbanísticas ya aprobadas y en
realización (Los Linarejos, Las Hachazuelas, Cercas del Indiano, Berrocal Sur y
Navacerrada), existen importantes masas arbóreas, por ejemplo fresnedas con
ejemplares de 50 y más años de antigüedad, que a tenor de los planos de
desarrollo van a ser afectadas de pleno por los mismos.
A este respecto habrá que tener
en cuenta y respetar de manera exhaustiva lo previsto en la Ley de
protección y fomento del arbolado urbano (8/2005 de 26 de diciembre) de la
Comunidad de Madrid, que aunque de aprobación posterior a las Normas
Subsidiarias, protege el patrimonio arbóreo existente en estos suelos
mencionados.
- Que somos partidarios de la
construcción de vivienda social y de promoción municipal, pero entendemos
que éstas no deben estar, en ningún caso, ubicadas en su totalidad en un único
sector, como se pretende, sino integradas dentro de los distintos sectores
urbanísticos de la localidad, como indicamos en el apartado anterior de
vertebración del territorio.
- Que sin embargo el Equipo de
Gobierno está dilapidando el terreno municipal que podía dar lugar a la
construcción de esta necesaria infraestructura social. De una parte esta liquidando las distintas parcelas urbanas existentes
en diversos núcleos del municipio y de otra está igualmente vendiendo los
terrenos de cesión de los nuevos sectores a urbanizar, según las normas
aprobadas, incluso antes de desarrollar dichos sectores.
- Que si en un plazo de 8 años la
Junta de Gobierno ha considerado que la promoción de alrededor de 90 viviendas
municipales cubría la demanda de los vecinos de Moralzarzal, es totalmente
incongruente y descabellado pensar que con la población del municipio las
necesidades actuales sean tales como para la construcción de alrededor de 900
viviendas con algún tipo de protección.
-
Que en el período 1996 – 2000 se han producido en la localidad 170
matrimonios. ¿ Que sentido tiene la construcción de tal número de viviendas de
promoción municipal ?. Hay que adecuar el consumo de suelo municipal a las
necesidades reales y preservar sin dilapidar el sobrante para las necesidades
de las futuras generaciones.
-
Que por los datos apuntados y sobre todo por los criterios políticos
seguidos en el enfoque de la construcción de vivienda social hasta la fecha, la
propuesta de urbanización de “Los Praderones”, con independencia de todos
los criterios de calificación de suelo antes citados, parece un montaje
demagógico que amparándose en la conveniencia de construcción de vivienda
social solo pretende beneficiar a propietarios privados de suelo colindante y a
empresas constructoras beneficiarias de las promociones a realizar.
-
Que según los datos manejados por los redactores en la realización del
Avance, se pone de manifiesto un fuerte incremento demográfico en los últimos
años, cifrando en Junio de 2003 el censo municipal en 8.826 habitantes, aún
cuando se prevé que la cifra real de los residentes habituales puede ser ya
superior a 10.000 y en época estival se incrementa hasta 16.000 personas.
- Que al mismo tiempo se reconoce
un índice de natalidad elevado, superior al de la media de Comunidad de Madrid.
(más de 80 nacimientos anuales).
- Que reconocen un crecimiento de
población tan intenso que ha desbordado las dotaciones existentes siendo las
educativas, culturales y sanitarias las más afectadas desde su punto de vista.
- Que la expansión demográfica
nos lleva a la existencia de 677 niños, de entre 0 y 4 años, y 1.508 en edad
escolar, entre 5 y 19 años, que supone una “fuerte presión sobre colegios e
Institutos públicos NO ATENDIDA”, según reconocen en el documento.
- Que la saturación de las aulas
existentes es un hecho y las plazas no atendidas sobre todo en educación
infantil son innegables. La escasez y saturación producen una baja calidad
educativa en la enseñanza pública y un desvío no deseado hacia la privada.
- Que SIN INCREMENTO ALGUNO DE LA
POBLACION, cifran las necesidades inmediatas en 80 plazas infantiles, 170 en
Educación Primaria, y para ESO y Bachiller estiman un déficit mínimo de 300
plazas.
- Que a pesar de las carencias
citadas en la enseñanza pública, SE TIENE CEDIDA A UN COLEGIO PRIVADO UNA
PARCELA DE 9.670 M/2, por un período de 75 años.
Para mayor agravio comparativo,
SE QUIERE FACILITAR UNA OPERACIÓN SIMILAR en beneficio de una congregación
de monjas de la localidad.
- Que el Centro de Salud
existente ha quedado obsoleto en sus instalaciones, insuficiente en espacio
para consultas y precario en número de facultativos para atender con dignidad y
eficacia a la población actual empadronada en Moralzarzal.
- Que desde la anterior
legislatura se está informando a los vecinos de la construcción de una nueva
Clínica Municipal más amplia que cubrirá adecuadamente las necesidades y sin
embargo hasta fechas recientes no han sido acometidas las obras de la misma.
Durante el tiempo transcurrido, las necesidades de la población han aumentado
sensiblemente por el crecimiento demográfico y cuando finalmente se produzca su
inauguración es muy de temer que sea ya insuficiente para atender adecuadamente
la demanda.
Además, al no tener rango de
Centro de Salud, sino de Clínica Municipal en ella se cubrirá única y
exclusivamente atención Asistencial, careciendo de todo tipo de especialidades.
El crecimiento previsto para el municipio, aunque solo se
apruebe en parte el Avance que se presenta, hace ya necesario que
especialidades básicas fueran atendidas en dicho Centro, lo que pone de
manifiesto la precariedad de este Equipamiento en relación con el Avance.
- Que se manifiestan en el
Avance, las quejas de los vecinos por la falta de LIMPIEZA VIARIA, carencia de
ZONAS VERDES y su atención, la existencia de DELINCUENCIA y VANDALISMO.
- Que se pretende edificar en Las
Hachazuelas una nueva Iglesia católica, sobre un terreno de 5.000 m/2 de
propiedad municipal, cuando ya tenemos una que cubre sobradamente las
necesidades de culto de los fieles de esta religión.
- La ganadería es una de las actividades productivas, quizás
la única, que goza de antiguo arraigo
en la localidad y en la zona de la sierra, y como tal está presente en
nuestro municipio, contribuyendo al mantenimiento de la denominación de
origen “Carne del Guadarrama”.
- Sin embargo, ello es interesadamente minimizado
dando unas cifras de cabezas de ganado que no se corresponden con el
censo de ganaderos, con las cabezas de ganado existentes, ni con las
instalaciones ubicadas en el municipio y el negocio generado alrededor de
ella.
- Por el contrario y en detrimento de lo anterior se
magnifican las restantes actividades industriales, comerciales y de
servicios que se prestan en el municipio. Están francamente manipulados los
datos de la Memoria del Avance y se citan actividades tan inusitadas como
inexistentes (Productoras de películas, Residencias de Estudiantes, Discoteca,
Espectáculos en salas y locales, etc.)
- Lo más impresentable de todo, es resaltar como
maravilloso el “boom” de la construcción (56 establecimientos industriales y
170 Licencias de IAE) y la masiva proliferación de Agencias
inmobiliarias (35 establecimientos)
Claro ejemplo de desarrollo sostenible.
- Se vanaglorian por el hecho de que desde 1995 (gobernando
en mayoría absoluta el PP) se dispara la construcción y la masificación en
el municipio y que esta alcanza en 2001 un incremento sin parangón en toda la
región.
- Todo ello debidamente entrelazado, junto con el
reconocimiento en el Avance de que el empleo generado en el pueblo es escaso y
que el comercio tradicional tiene poco peso en la vida ciudadana, dado el tipo
de viviendas unifamiliares en urbanizaciones, configura el entramado de una
“ciudad dormitorio” que pretenden ampliar “ad infinitum” con la puesta
en marcha del presente Avance.
1) Contra
el Avance y el Plan de Urbanismo en su totalidad, toda vez que existe una
incompatibilidad evidente para que el proyecto pueda ser evaluado objetivamente
por la misma persona que lo ha creado.
2) La única pretensión es aumentar el
terreno urbano en claro detrimento de zonas calificadas como SUELO NO
URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCION AMBIENTAL, y protegidas además por el PORN,
en clara operación especulativa (bajo el señuelo de construcción de vivienda
protegida), y cambiar al mismo tiempo la calificación de un MONTE DE UTILIDAD
PUBLICA para la construcción sobre él de un innecesario y ambientalmente
controvertido “campo de golf”.
Los partidos de la oposición no han tenido opción alguna de participar, ni siquiera opinando, en la confección del Avance y del Plan de Urbanismo, pues no han sido convocados a este fin en ningún momento; sólo han sido informados de su finalización y aprobación por el Equipo de Gobierno. Las asociaciones y colectivos ciudadanos y los vecinos en general han tenido conocimiento de la finalización y apertura del plazo de alegaciones, merced a la difusión del asunto por los partidos de la oposición, pues el Equipo de Gobierno no ha realizado la mínima publicidad para que tan importante asunto fuera conocido.
Un asunto de tan amplio calado debe ser llevado
a cabo con la participación de todos los grupos políticos del municipio, y
sobre todo con la participación ciudadana “a priori”.
Cuando
se opera de modo tan absolutista y oscurantista, es muy de temer que el plazo
posterior de alegaciones, será única y exclusivamente un trámite administrativo
a cumplir por “imperativo legal”, pero que no va a inducir al Equipo de
Gobierno a cambiar ni un ápice lo que de manera tan prepotente ha decidido.
3) Es totalmente ilógico y errático
pretender aumentar el núcleo urbano, de manera inconexa, promocionando la
creación de zonas urbanas diseminadas (Los Praderones), sin continuidad en el
territorio y aislado del existente a 5 Kms del actual centro, para mayor
escarnio sobre terrenos de ESPECIAL PROTECCION.
Estos
terrenos, en la actualidad, son además considerados por el PORN como “zona de
transición” del futuro PARQUE NACIONAL DEL GUADARRAMA y es claro que, aunque
aún está pendiente la aprobación definitiva por la Asamblea de Madrid, el
PORN solo permite algún tipo de construcción sobre terrenos que ya tengan en la
actualidad consideración de URBANO bajo alguna de sus características.
Nos
oponemos por todo ello frontalmente a la intención de crear sobre este suelo un
nuevo pueblo de más de 5.000 habitantes a 5 Kms de Moralzarzal, lindando con el
municipio de El Boalo, cuando con los desarrollos en curso, los terrenos
urbanos no sectorizados lindantes con el centro de la localidad (“Los
Linares”), cuyo desarrollo no se acomete en este Plan de Urbanismo por fines
exclusivamente especulativos, así como otras zonas de potencial expansión
urbana existentes y excluidas como tales por oscuros motivos personales, entendemos
que se puede conciliar un crecimiento urbano suficiente con un desarrollo
sostenible adecuado.
4) No es necesaria, de acuerdo con
las necesidades del municipio, la construcción de alrededor de 900 viviendas
con algún tipo de protección.
Es
totalmente inaceptable la concentración de este tipo de vivienda en un solo
sector urbano como se pretende; las viviendas sociales, de acuerdo a un
estudio previo de necesidades reales, deben ser distribuidas entre las
diversas zonas urbanas del municipio.
No
hacerlo de esta forma puede dar lugar a la creación de áreas, social y
económicamente vulnerables, que podrían generar tensiones y situaciones
conflictivas.
La
construcción masiva e injustificada en un único lugar y momento de estos
necesarios equipamientos supone una culpable dilapidación del suelo municipal,
que pertenece a los vecinos de ahora y a los de futuras generaciones.
El
Plan debe prever la estructuración de cada sector, de forma tal que posibilite
la existencia en ellos de todas las tipologías constructivas (vivienda libre,
vivienda protegida, etc.) y si ello no fuera posible que se utilice el suelo de
cesión al municipio (10 %) para la obtención de una ordenación adecuada.
No
es admisible dilapidar las cesiones de suelo del 10 % de cada actuación, para
menesteres e infraestructuras no necesarias, sin realizar sobre alguna de ellas
las VIVIENDAS SOCIALES que tan imprescindibles son, según se pretende
justificar en el Avance.
5) Es indefendible un Plan General de
Urbanismo que pretende que en el plazo de 4 años y masacrando una zona
catalogada como de especial protección ambiental y protegida por el PORN (orden
2173/2002), se haya incrementado masivamente la población actual de
Moralzarzal, pero en dos núcleos, separados por 5 Kms y que cuando se complete
todo lo previsto en el mismo se supere la cifra de 25.000 habitantes, quedando
aún una gran zona urbana sin desarrollar (“Los Linares”) por motivos totalmente
especulativos, que podría disparar la cifra, desde los 10.000 vecinos
actuales hasta más de 30.000 habitantes en un período máximo de 10 años.
No
es racional un crecimiento demográfico que no consolide simultáneamente los
equipamientos sociales necesarios.
6) No podemos participar en modo alguno de
un Plan General de Urbanismo que teniendo como único y principal motivo el
incontrolado crecimiento poblacional, en aras y beneficio de la industria inmobiliaria,
consiga de manera culpable acrecentar las reconocidas “actuales carencias
educativas” del municipio.
No
es permisible que se masifique impunemente nuestra educación pública y que los
barracones y módulos prefabricados continúen siendo moneda corriente en
nuestros Colegios e Instituto.
No
se pueden consolidar zonas urbanas que carezcan de equipamientos educativos y
que los más próximos se localicen a 5 Kms y sin transporte urbano alguno.
Es
inadmisible que se hable de cesiones de terrenos para Colegios “privados y
concertados” cuando existe una carencia tan manifiesta en centros públicos, y
que ésta se incrementará inexorablemente en el supuesto de llevarse
adelante un Plan de Urbanismo tan irracional.
Las
pretendidas y no definidas construcciones y/o ampliaciones de Centros (“sin
saber como ni donde”), no son siquiera nombrables, cuando es público y notorio
que previamente a ello, hay que definir y ceder los terrenos oportunos a la
Consejería de Educación y ella decide cuando se lleva a cabo la realización.
7) No se debe acometer en modo alguno un
Plan General de Urbanismo que sumirá a los vecinos de Moralzarzal en una
deficiente atención sanitaria, creando de forma inmediata más de 5.000 nuevos
usuarios de sanidad pública con las ya obsoletas o insuficientes instalaciones
que padecemos los 10.000 vecinos actuales.
No
puede admitirse que, para obtener una mínima atención sanitaria, de medicina
general o pediatría, haya que realizar un desplazamiento de 5 Kms, sin
transporte urbano adecuado.
Y
que decir de las necesarias atenciones domiciliarias y URGENCIAS, que ya en la
actualidad no son atendidas adecuadamente.
8) La diseminación y aislamiento de núcleos
urbanos que propugna el Plan General de Urbanismo, incrementará la inatención
hacia el ciudadano y elevará el costo económico necesario para que los
servicios sociales indispensables (recogida de basuras, limpieza viaria,
mantenimiento de zonas verdes y jardines, etc.) lleguen en la necesaria medida.
El
costo de la SEGURIDAD CIUDADANA se incrementará inexorablemente. Será
imprescindible para una atención adecuada ampliar la insuficiente plantilla
actual de policías, para proporcionar vigilancia adecuada durante las 24 horas
del día en todo el núcleo urbano, ¿ Qué costo económico supondría, en su caso?
No
podemos colapsar nuestra Hacienda municipal o condenar a nuestros vecinos a una permanente falta de medios humanos y
materiales, por una irracional concepción urbanística.
Tampoco puede considerarse coherente la cesión de terrenos municipales urbanos, en la zona de “Las Hachazuelas”, para nuevos e innecesarios equipamientos religiosos, cuando hablamos de necesidades de vivienda social.
¿
CUANTAS VIVIENDAS MUNICIPALES PUEDEN CONSTRUIRSE SOBRE 5.000 m/2 ?.
9) Que teniendo en cuenta los datos
reflejados en el anterior apartado de ACTIVIDAD ECONOMICA DEL MUNICIPIO, interesadamente
manipulados como hemos indicado, debidamente unido al reconocimiento que hacen en el Avance de
que el empleo generado en el pueblo es escaso y que el comercio tradicional
tiene poco peso en la vida ciudadana, dado el tipo de viviendas unifamiliares
en urbanizaciones, entendemos que el Avance y el Plan de Urbanismo que se
propone consolida la imagen de “ciudad dormitorio” que posee Moralzarzal y
configura una ampliación “ad infinitum” de esta figura.
10) SOLICITAMOS por todo lo indicado que el
Avance y el Plan General de Urbanismo no sean tramitados en la forma en que se
está presentado por Uds. Que se ciña a lo previsto en las Normas subsidiarias
aprobadas por la Comunidad Autónoma de Madrid en 26 de Diciembre de 2002,
modificando la ejecución de las mismas a tenor de lo expuesto en el presente
escrito, y sobre todo que se construyan sobre el suelo de cesión (10 %) las
viviendas sociales en la cantidad necesaria para atender las necesidades de los
vecinos de Moralzarzal.
Por otra parte
y dentro de un análisis mas pormenorizado, vamos a referirnos a continuación a
actuaciones más concretas, sobre las que realizamos las EXPOSICIONES y ALEGACIONES particulares siguientes:
1) Actuaciones
sobre “LOS LINAREJOS”, “LAS
HACHAZUELAS”, “CERCAS DEL INDIANO” y otros.
- ALEGAMOS,
contra:
- La falta de
protección a las masas arbóreas existentes en estos suelos
Debería ser
tenido en consideración que en el suelo de las actuaciones urbanísticas ya
aprobadas y en realización, existen importantes masas arbóreas, por ejemplo
fresnedas con ejemplares de 50 y más años de antigüedad, que a tenor de los
planos de desarrollo van a ser afectadas de pleno por los mismos.
A este respecto habrá que tener en cuenta y respetar
de manera exhaustiva lo previsto en la Ley de protección y fomento del arbolado
urbano (8/2005 de 26 de diciembre) de la Comunidad de Madrid, que aunque de
aprobación posterior a las Normas Subsidiarias, protege el patrimonio arbóreo
existente en estos suelos mencionados.
-
Un Plan que no prevé la estructuración de cada sector, en forma tal que
posibilite la existencia en ellos de todas las tipologías constructivas
(vivienda libre, vivienda protegida, etc.) y si ello no fuera posible que se
utilice el suelo municipal de cesión para la obtención de una ordenación
adecuada, máxime cuando en la zona de “Los Linarejos” está prevista la
construcción de vivienda multifamiliar en bloque, tipología que se identifica
perfectamente con la que se propugna en el Avance para la vivienda protegida.
Es
inmoral utilizar las cesiones de suelo del 10 % de cada actuación, para
realizaciones de menor entidad que la de VIVIENDA SOCIAL y dejar de
realizarlas, sobre alguna de ellas, cuando son tan imprescindibles, como se
pretende justificar en el Avance.
2) Actuación sobre
“LOS PRADERONES”
- “LOS PRADERONES”, zona de
alrededor de 1.000.000 de m/2 situada en el extremo norte del término
municipal, fue clasificada en su día por
la CAM, como SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCION AMBIENTAL.
- Los Praderones están cruzados en su centro y norte por el Arroyo de
Matalebrillo y el Arroyo de los Praderones afluentes del río Navacerrada, cuyo
curso se sitúa al sur de los Praderones. Este último es afluente del Samburiel
que desemboca en el Manzanares.
- Los sotos y riberas del arroyo Matalebrillo, por la
cantidad de especies de aves existentes en ellas, así como sus zonas
colindantes, dado su reconocido valor paisajístico grado G2, implica la
protección y catalogación como SNUEP, como reconoce el citado informe de la
CAM.
- En el apartado 2.1.2.7 aguas subterráneas, del
Avance, se indica que si bien no es una zona de máxima acumulación de estas la
cantidad de las que existen así como los pozos de captación cercanos exigen una
protección adecuada para evitar su contaminación. Por otra parte las que no
se acumulan subterráneamente, conforman una escorrentía importante.
- El terreno de Los Praderones está formado por “cambisoles”
de clara vocación agrícola y ganadera, y en este sentido y en contra de lo que
el Avance del Plan indica, esta siendo utilizado por la Asociación de
Ganaderos de la localidad, como zona de pastos para sus reses.
- No son terrenos sobre los que exista una “presión urbana”
como indican en el informe del Avance. Los terrenos urbanos más próximos del
municipio (Retamar y Berrocales) se encuentran situados al otro lado de la
carretera comarcal Colmenar Viejo-Navacerrada, y el núcleo urbano central
está a 5 Kms.
- La única degradación que están sufriendo dichos
terrenos, como mencionan en el Avance, está directa e interesadamente propiciada
por el Ayuntamiento permitiendo en ellos, durante las fiestas locales y en
otras ocasiones a lo largo del año, la celebración de actos masivos,
controlados de forma displicente que chocan con el mantenimiento del medio en
su estado natural.
- No es cierta la “elevada articulación urbana”, citada en
el informe del Avance, pues lo más cercano a Los Praderones, son urbanizaciones
residenciales aisladas de los Ayuntamientos colindantes de El Boalo y Becerril.
- En el Avance presentado por el Equipo de Gobierno
del Ayuntamiento, se hace mención al PORN y a sus directrices (páginas
303, 304, 307 y 308 de la Memoria), pero de una manera tan escueta, tan
inconcreta y tan interesadamente falsa y fuera de la realidad, que su
lectura evidencia la imposibilidad de defender el contenido del Avance, en este
especial tema, manejando criterios de urbanismo social, criterios de desarrollo
sostenible, e incluso simple lógica.
-
ALEGAMOS :
- “LOS
PRADERONES”, fue clasificada como SUELO NO URBANIZABLE DE ESPECIAL PROTECCION
AMBIENTAL (SNUEP-A) en informes emitidos con fechas 29 de Marzo de 2001 y 23
de Julio de 2002 por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental,
de la CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE de la Comunidad de Madrid.
-
Que este acuerdo fue tomado sobre la base de los informes emitidos y firmados
por las Consejerías y Departamentos que a continuación se citan :
D. Ignacio López-Galiacho Perona
(Director General)
D. Javier García Cañete (Director
General)
D. Juan del Alamo Jiménez
(Director General del Medio Natural)
D.
Antonio Sanz Palomo (Director Conservador)
D.
Francisco Sánchez-Herrera Herencia (Jefe Servicio Espacios Nat.)
D. Jesús Mora de la Cruz
(Secretario General Técnico)
Dª Norma Pérez Huerta (Jefe del
Servicio)
D. Cristobal Corretié Aznar (Jefe
del Servicio)
D. Iñigo Sáez de Pipaón (Director
General)
D. Angel Dolla Cuartero (Jefe de
Normativa y Régimen Jurídico)
D. José Manuel García Urueña
(Técnico informante)
Dª Amalia Castro-Rial Garrone
(Directora General)
D. Felipe Prieto Granda (Jefe
servicio Arquitectura y Patrimonio)
D.
Eduardo Paniagua (Arquitecto informante)
D. Juan José Jarillo Rodríguez
(Jefe del Servicio)
D. Juan Antonio de la Riva Villa
(Jefe de sección)
Dª
Margarita Torres Rodríguez (Asesora Técnica)
- Con este motivo el Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, en sesión de 6 de Abril de 2001, exigió al Ayuntamiento de
Moralzarzal la clasificación como tal de dicho suelo, previamente a la
aprobación de las Normas Subsidiarias.
- Cumplida ésta condición en Pleno del 9-9-2002, el Consejo
de Gobierno de la CAM, con fecha 26 de Diciembre de 2002, aprobó definitivamente
las Normas subsidiarias, clasificando este suelo como no urbanizable de
especial protección ambiental (SNUEP-A).
- Además de lo indicado, la Consejería de Medio Ambiente de
la Comunidad de Madrid, en Orden 2173/2002 de 10 de Septiembre, inició el procedimiento
de tramitación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra
del Guadarrama, como paso previo para establecer los límites definitivos del
futuro PARQUE NACIONAL DEL GUADARRAMA.
- “LOS PRADERONES” quedaron incluidos dentro de los límites
del ámbito de ordenación y calificados como “zona de transición” y según
establece el PORN, aún pendiente de su aprobación definitiva :
..... durante la tramitación de este Plan no podrá otorgarse ninguna autorización, licencia o
concesión que habilite para la realización de actos de transformación de la
realidad física y biológica sin informe favorable de la Consejería de Medio
Ambiente.
Este informe
será negativo cuando el acto pretendido suponga una transformación sensible
de la realidad física .......
...... en la zona de transición y de protección del Parque
solo se permite algún tipo de construcción cuando los terrenos ya tengan en
la actualidad la consideración de suelo urbano bajo alguna de sus
características.
-
CONSIDERAMOS que en el tiempo transcurrido desde la emisión de los dictámenes y
la adopción del acuerdo inicial, no han podido variar las circunstancias que
hicieron posible la CLASIFICACION del suelo como SNUEP-A, máxime con la
tramitación posterior del PORN.
-
CONSIDERAMOS que la actuación que se pretende es tan agresiva o más que la
que contemplaban en su día las Normas Subsidiarias y que fue justamente
desautorizada. El desarrollo urbanístico previsto transformará de forma
radical la realidad física y biológica de este enclave y por ello no se podrán
alcanzar los objetivos que se prevén en el Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales, siendo además incompatible con los acuerdos adoptados en su momento
por la Consejería de Medio Ambiente, y la Legislación vigente posterior de
dicha Consejería.
-
Que NOS OPONEMOS además de por todo lo indicado, a una irracional actuación
urbanística que supondría:
-
La
construcción de un enclave poblacional, de 1.500 viviendas y 5.000 habitantes,
totalmente aislado, a 5 Kms del núcleo urbano de Moralzarzal.
-
La
consolidación de un nuevo pueblo en los límites del término municipal.
-
La
utilización como señuelo de construcción de vivienda social, en una cantidad
innecesaria para las necesidades del municipio.
-
La
concentración en esta única zona urbana de alrededor de 900 viviendas
con algún tipo de protección oficial, haría de ella un área social y económica
vulnerable, con posibilidad de creación de tensión y conflictividad.
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Un
atentado ecológico de dimensiones inmensurables en una zona de tan alto valor
natural por sus recursos y por su inserción en el Parque Nacional del
Guadarrama y por su proximidad al Parque
Regional de la Cuenca Alta del Manzanares.
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Condenar
a los ciudadanos ubicados en esta nueva “CIUDAD-DORMITORIO” a desplazarse 5 Kms,
careciendo de TRANSPORTE PUBLICO adecuado, para tener acceso a:
EQUIPAMIENTO EDUCATIVO
deficiente.
EQUIPAMIENTO SANITARIO
deficiente.
( Es un hecho incuestionable que
las Consejerías de Sanidad y de Educación de la Comunidad de Madrid, no van a
crear en esta zona ningún equipamiento sanitario o educativo, cuando son
incapaces de ampliar en el centro urbano de Moralzarzal los que ya se han
quedado obsoletos o decididamente insuficientes )
TRANSPORTE PUBLICO más o menos
aceptable.
EQUIPAMIENTOS SOCIAL y DEPORTIVO
(Biblioteca, Casa de Cultura, Centro de Mayores, Polideportivo)
Carecerían
igualmente de:
SEGURIDAD CIUDADANA
El costo necesario para facilitar una
suficiente seguridad no es asumible por las arcas municipales, como se viene
demostrando en los últimos ejercicios, en la aplicación de fondos para Gastos
Corrientes.
LIMPIEZA VIARIA, DE JARDINES Y ZONAS
VERDES y RECOGIDA DE BASURAS de dudosa efectividad, dado el alto coste
que supondría y la escasez de medios humanos y económicos que permanentemente
presentan las estructuras de nuestro Ayuntamiento.
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Que NOS OPONEMOS asimismo a la aprobación de esta actuación dentro del
Plan General de Urbanismo, por entender que:
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El
suministro de fluido eléctrico no quedaría GARANTIZADO EN FORMA ALGUNA. La infraestructura de las empresas
eléctricas no está preparada para facilitar un servicio adecuado a una nueva
población de las características citadas. Es un hecho constatable las numerosas
incidencias que todos los pueblos de la comarca venimos sufriendo, en cualquier
época del año, con cortes de fluido imprevisto, averías de larga e inexplicable
solución, caídas y subidas de tensión permanente que producen averías de
difícil justificación y alto coste para todos los usuarios, y un largo etcétera
de incidencias, siempre reconocidas pero nunca solucionadas.
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Las
necesidades de caudal de agua
suficiente para atender las necesidades de una población de estas dimensiones,
sobrepasará sin duda las capacidades del Canal de Isabel II, propiciando y
acrecentando las faltas de presión y los esporádicos cortes de suministro que
sobre todo en época estival son moneda corriente en las localidades serranas y
sobre todo en sus núcleos más aislados. El propio Canal de Isabel II ha
reconocido recientemente que el consumo que se viene produciendo en la
actualidad corresponde a las previsiones que tenían realizadas para el año 2010
y posteriores y que si no se producen nuevas obras para embalsar agua, en
2012 no se comprometen a que el suministro de la Comunidad de Madrid pueda ser
realizado en condiciones normales.
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La
Infraestructura de Saneamiento y Depuración de aguas residuales será insuficiente para atender el
nuevo aporte de 5.000 habitantes. La red de la EDAR de SANTILLANA que sería a
la que vertería la zona, está en la actualidad “sobresaturada y
sobrepasada”, como reconoce la Dirección de Calidad y Evaluación Ambiental,.
¿ Que supondría este nuevo aporte a la red ?, sin duda SU COLAPSO. ¿
Consultarán la opinión de los restantes pueblos que vierten a esta red ?.
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La
contaminación atmosférica se incrementaría
en función de los siguientes condicionantes:
Al carecer de transporte público
adecuado el vehículo privado sería indispensable para cualquier desplazamiento
(trabajo, colegios, sanidad, gestiones administrativas, ocio, etc.). Ello
conllevaría un incremento mínimo de 1 coche/vivienda, que originaría una
presión y contaminación de consecuencias imprevisibles.
Los índices de confortabilidad
climática indican que, para la zona de Collado-Villalba, es necesario durante 9
meses al año el consumo de energía para calefactar o refrigerar, en su caso,
hasta la obtención del índice estimado como óptimo. Esta zona, en plena ladera
de La Maliciosa, sobre todo en plena época invernal necesitaría de mayor
consumo energético, lo que acrecentaría la contaminación ambiental.
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Situar
sobre la cota más alta de la zona, en plena ladera de la montaña, alrededor de
1.000 viviendas en bloques contiguos de dos y media alturas cada uno, supondría
una agresión intolerable hacia el paisaje y el medio ambiente. La
contaminación visual quedaría de esta forma consolidada y garantizada
permanentemente.
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El
establecimiento de 1.500 viviendas, con 5.000 habitantes y 1.500 vehículos, en
las 100 Ha de “Los Praderones”, originaría una inevitable presión en el medio
ambiente circundante, con la desaparición de la mayoría de las especies
autóctonas, de flora y fauna, que en la actualidad se desarrollan en ella y una
contaminación difícilmente controlable en los cauces hidrológicos (Matalebrillo
y Praderones) que la cruzan, así como en los acuíferos subterráneos de la
misma, con su posterior repercusión en los cauces a que confluyen.
-
Es
impresentable que con todas las implicaciones negativas que conlleva la
presente y pretendida actuación en “Los Praderones”, el equipo redactor,
siguiendo instrucciones del Equipo de Gobierno de Moralzarzal, después de
dedicar 137 páginas a analizar las características geológicas, topográficas,
climáticas, hidrológicas, biogeográficas, paisajísticas, de vegetación,
faunísticas y de aprovechamientos forestal, ganadero y agrícola de todo el
término municipal de Moralzarzal, pretendan, en un folio y medio, llevar al
convencimiento de que las peculiaridades de “Los Praderones” la hacen apta para
ser urbanizada masivamente.
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EXIGIMOS
por todo ello que este espacio natural quede fuera del Avance del Plan de
Urbanismo como zona urbanizable, TAL Y COMO FUE DEFINIDO EN SU MOMENTO POR LA
COMUNIDAD DE MADRID DE FORMA REITERADA, que sea mantenido en su actual
clasificación de suelo No Urbanizable de Especial Protección Ambiental, y que
sea además incluido en la zona de transición del Parque Nacional del Guadarrama
con total protección, máxime cuando su cercanía al Parque Regional de la Cuenca
Alta del Manzanares es igualmente evidente.
3) Actuación sobre la “DEHESA DE ABAJO”
- La “Dehesa de Abajo” es una zona clasificada como MONTE DE
UTILIDAD PUBLICA, que por encontrarse lindando con el polígono ganadero ha
venido facilitando sus pastos hasta la fecha a las reses de la localidad y que
como tal podría continuar, total o parcialmente.
- Por otra parte su contorno esta totalmente construido, excepto
en su parte Noreste, finca “Los Linares”, (aunque en su día también lo
estará por ser terreno urbanizable), por lo cual su aprovechamiento como pulmón
natural es vital para los ciudadanos de Moralzarzal, compatibilizándolo con el
uso ganadero antes citado y con su clasificación de MONTE DE UTILIDAD PUBLICA.
- Por otra parte, siendo la ganadería una de las actividades
productivas con más historia y con
mayor peso actual en la localidad y en su economía, necesita para su
mantenimiento e incremento que los prados, las dehesas y las zonas
específicamente ganaderas existentes sean respetadas y protegidas, en vez de
intentar su cambio de calificación a “recreativo”, con el único y exclusivo fin
de convertirlo en “campo de golf”
- ALEGAMOS :
- Que con fecha de 26 de Diciembre de
2002, el Consejo de Gobierno de la CAM aprobó las Normas Subsidiarias de
Moralzarzal, manteniendo la clasificación de “La Dehesa de Abajo” como Monte
de Utilidad Pública
- Que la utilidad publica debe ser
entendida como servicio a la Comunidad en general, en este caso ganaderos y
vecinos, nunca a fines elitistas y minoritarios como usuarios de un ”club de
golf” que, no nos engañemos, nunca estará abierto por múltiples motivos a la
sociedad de Moralzarzal en general.
- Que la construcción del campo de golf
constituirá una agresión irreversible a este espacio natural, una contaminación
inevitable en sus acuíferos subterráneos y un desmedido consumo de agua para su
abastecimiento y mantenimiento; es de esperar que todo ello se contemple en un
objetivo estudio de impacto medioambiental.
- Que es francamente sospechoso que los
terrenos colindantes, “Los Linares”, considerados como Urbanos sin sectorizar,
no se desarrollen adecuadamente en el Plan de Urbanismo, cuando tan
“necesitados” de terreno urbano parecen estar e intentan clasificar como tal
uno ya definido como de Especial Protección.